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Comunicado de WDI sobre el “Informe sobre la Teoría de Género” del Experto Independiente SOGI de la ONU

En 2022, WDI publicó en inglés un comunicado sobre el “Informe sobre la Teoría de Género” que el Experto Independiente de la ONU sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género remitió a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH).

Ofrecemos a continuación la traducción al español de dicho Comunicado, el cual se encuentra publicado en la página web de nuestra organización global.

Comunicado sobre el “Informe sobre la Teoría de Género” por el Experto Independiente Madrigal-Borloz para la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH).

Introducción

Women’s Declaration International (WDI) insta a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) que tome medidas para proteger a las mujeres y las niñas de todo el mundo por razón de su sexo, absteniéndose de aprobar el “Informe sobre la teoría de género” del Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

La primera y segunda parte del informe se titulan “El derecho de la inclusión” y “Las prácticas de exclusión” y fueron remitidas al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en junio y julio de 2021, respectivamente. El informe presenta la incorporación de la “identidad de género” a la legislación como algo no solamente positivo, sino legítimo (parte 1), a la vez que presenta cualquier defensa de los derechos basados en el sexo como algo negativo y excluyente (parte 2).

Con este Informe, el Experto Independiente pretende dar un nuevo significado al término “género”, en conflicto directo con la manera en que se ha entendido y usado hasta ahora. Para ello, se aleja de su significado convencional de “roles sociales y expectativas asignadas a cada sexo”, y lo redefine como una parte integral de la identidad individual (“identidad de género”) y de la personalidad (“expresión de género”). Tampoco reconoce la confusión que genera la sustitución de “sexo” por “género” en los documentos de derecho internacional.

Al colonizar esta palabra clave de esta manera, toda la legislación vigente que pretende impedir la “discriminación por razón de sexo”, entendida hasta ahora como la lucha contra la jerarquía que privilegia a los hombres sobre las mujeres en la distribución de la riqueza y el poder, invertiría el alcance de dicha legislación. Hoy en día, en algunas jurisdicciones, no cumplir con las exigencias y deseos de quienes afirman tener una “identidad de género” se considera una discriminación legalmente sancionada.

El Informe parece estar diseñado para avanzar en la incorporación del nebuloso y cambiante concepto de identidad de género en el derecho internacional sin el debido escrutinio y examen crítico. Creemos que estas prácticas constituyen una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres y de las niñas por razón de su sexo.

Contradicciones y conflictos en el Informe del Experto Independiente

En febrero de 2021, el Experto Independiente emitió una “Convocatoria de aportaciones para un informe temático: Género, orientación sexual e identidad de género” con el propósito expreso de “informar [sic] el informe del Experto Independiente que se presentará al 47º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos”. El plazo finalizó el 14 de marzo de 2021. En la convocatoria se indicaba:

Los enfoques de género reconocen que éste está inextricablemente ligado a la construcción social: que los significados vinculados a las diferencias de sexo (y otras) se crean socialmente. Cuestionan el supuesto de que la identidad de género tenga correlación directa y necesaria con el sexo biológico y reconocen la validez de una amplia gama de orientaciones sexuales e identidades de género”.

En el mismo párrafo, el Experto Independiente contradice directamente sus propias afirmaciones. Considera que el género es “construido socialmente” pero también innato. Es inaceptable que se tome en serio un informe cuya propia premisa contiene declaraciones directamente contradictorias. La palabra “género” se utiliza de diferentes maneras en frases consecutivas: género como construcción social, pero también como parte de una identidad interna (“identidad de género”), creando confusión sobre los objetivos y alcance del informe.

Falta de transparencia y campaña de difamación contra las feministas

En cuanto a la transparencia, la convocatoria de febrero de 2021 decía: 

Por favor, tenga en cuenta que si desea que sus envíos sean confidenciales, se le pedirá que haga una solicitud explícita en su envío. De lo contrario, la información se publicará en el repositorio de documentos del mandato y podrá incluirse en el informe. Las presentaciones se publican en la página web preparada para cada informe”.

Nos consta que al menos tres propuestas fueron presentadas a tiempo y en el requerido formato PDF. Estas presentaciones fueron realizadas por la misma WDI (llamada WHRC en aquel momento), y por dos firmantes de la Declaración, Jan Rivers y Anna Kerr, de la Clínica Legal Feminista de Australia. La correspondencia de Rivers y Kerr está disponible en las notas a pie de página de este comunicado [en su versión inglesa]. No se solicitó confidencialidad. No se han publicado.

El informe final afirma: “Un número comparativamente pequeño de contribuciones contenían mensajes o expresiones de odio y se excluyeron ad portas. No formarán parte de ninguna publicación que cuente con el respaldo del titular del mandato”. No se ha proporcionado ninguna definición de “discurso de odio”, a pesar de las numerosas peticiones.

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ha publicado una guía de “Buena Gobernanza”, en la que menciona “procesos e instituciones transparentes que rindan cuentas” como un ejemplo de la buena gobernanza. El Consejo de Derechos Humanos define cinco atributos esenciales de la buena gobernanza, a saber: transparencia, responsabilidad, rendición de cuentas, participación y capacidad de respuesta (a las necesidades de la población).

Pedimos a la Oficina del Alto Comisionado que esté a la altura de los ideales que propugna y que 1) publique las aportaciones hechas por, en gran medida, organizaciones feministas, al Experto Independiente y 2) que explique exactamente qué elementos en dichas aportaciones se consideran “incitación al odio” o “discursos de odio”.

Por otro lado, el Experto Independiente desatiende por completo tanto los intereses de las mujeres como la ciencia vigente. Es evidente para cualquiera que lea el Informe (Resumen [en inglés], parte 1 y parte 2), que el Experto Independiente no presta atención a las preocupaciones feministas, como la situación de las categorías deportivas femeninas hoy en día. El Experto Independiente se contradice al afirmar que el género (un concepto que en su informe pasa de ser una “construcción social” a una “identidad” a, finalmente, un “fenómeno suprabiológico”, signifique esto lo que signifique), no supone ningún freno a los logros en materia de igualdad entre los sexos, aun cuando considera la “identidad de género” como algo más relevante que el sexo físico incluso en el deporte.

Violación de los derechos de las mujeres basados en el sexo en nombre de la “identidad de género”

Los Principios de Yogyakarta son mencionados en la primera parte del informe como un documento internacional de derechos humanos relevante y vinculante, sin ninguna aclaración sobre la relación que tiene el Experto con ellos. El Experto Independiente es uno de los firmantes de los Principios de Yogyakarta +10 (YPplus10), la ampliación a los Principios de Yogyakarta realizada en 2017. No solo omite esa información, sino que afirma falsamente que fue en 2018 cuando “el titular del mandato concluyó que el derecho a la libre determinación del género era una parte fundamental de la libertad de la persona y un pilar de su identidad”, como si esa no hubiera sido ya su creencia cuando fue nombrado para este cargo, sólo 5 días después de la publicación de YPplus10.

Su apoyo a la autoidentificación del género legal es tan fiel que considera “abusivos” los requisitos de “certificación médica, cirugía o tratamiento”, o incluso “un trato cruel, inhumano y degradante, y posiblemente a la tortura”. Sin embargo, se contradice totalmente al afirmar que “El acceso a la atención médica relacionada con la transición forma parte de las medidas que garantizan la autonomía corporal de las personas trans”.

Al agrupar la orientación sexual, la identidad de género, y las condiciones de Diferencias en el Desarrollo Sexual (DSD), denominadas en el informe “intersex”, ejemplos de homofobia exacerbada o de violencia contra las lesbianas se consideran equivalentes a la defensa de los derechos basados en el sexo. Esto se debe a que, en opinión del Experto, se consideraría “excluyente” decir que los varones que afirman tener una “identidad de género” femenina no están incluidos en la categoría de “mujer”.

El uso que hace el Experto de lenguaje hiperbólico es verdaderamente asombroso. Las aportaciones donde las feministas describen los perjuicios que ocasiona la ideología de la identidad de género a mujeres y niñas se incluyeron en el segundo informe, titulado “Prácticas de exclusión”, que “analiza la reacción negativa con respecto a la incorporación de marcos de género en el derecho internacional de los derechos humanos”. Las opiniones feministas quedan así reducidas a parte de “la reacción negativa”. Además, los daños causados a los derechos de las mujeres y las niñas mediante la introducción de políticas basadas en la “identidad o la expresión de género” que se destacaron en las diferentes aportaciones no sólo no se tuvieron en cuenta, sino que se describieron de forma condescendiente como “presuntos”: “B. El presunto impacto en los derechos de los niños”, “C. El presunto impacto en los derechos de las mujeres” y “D. El presunto impacto en la práctica de deportes por parte de mujeres y niñas”.

El fervor del experto por presentar la reificación de las identidades de género como un avance muy positivo de nuestra sociedad le lleva a afirmar que las categorías de hombre y mujer son consecuencia del colonialismo: “...las pruebas indican que, en muchos países, la idea rígida del binario masculino/femenino en tanto principio social ordenador fundamental es resultado del colonialismo”. La idea de que solamente el mundo occidental es capaz de observar el binario del sexo es insultante. Estas declaraciones de la “identidad de género” contravienen por completo las prácticas seguidas en aquellas culturas  en las que algunas personas visiblemente desafiaban los roles de género.

Conclusión 

La protección del “género” o la “identidad de género”, en lugar, además, o como componente del sexo, viola los principios reafirmados en la Declaración sobre los derechos de las mujeres basados en el sexo, así como los derechos basados en el sexo de las mujeres y las niñas en todo el mundo, y debe rechazarse.


Firma la Declaración