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Nadador mediocre se declara mujer y ahora bate récords y gana competiciones: la realidad biológica no cambia y el deporte femenino se va a pique

Un nadador de la Universidad de Pennsylvania (UPenn) cuyos títulos y victorias en la categoría masculina sólo podrían ser descritos como “okei” comenzó a identificarse como mujer y, al cabo de unos meses, está batiendo récords y ganando competiciones de manera aplastante. Esto, a pesar de que los bloqueadores hormonales que toma reducen el nivel de su testosterona tanto que nada más lentamente que antes. ¿Cómo se explica semejante fenómeno? ¿Es acaso un milagro provocado por la liberación de la esencia femenina que habita en algunos varones, nuestro nadador incluido?

No, queridas lectoras y lectores: el joven en cuestión simplemente cambió de la categoría masculina a la categoría femenina. William Thomas compitió durante dos temporadas en la categoría masculina, en su segundo y tercer año como estudiante en UPenn, una universidad que forma parte de la llamada “Ivy League” (un grupo de ocho universidades privadas de élite en la costa noroeste estadounidense). La Ivy League no es la mejor de las conferencias deportivas agrupadas en la NCAA (National Athletic Collegiate Association), y no es habitual que sus atletas ganen las competiciones organizadas por la NCAA. Sin embargo, Lia Thomas (antes, William) no solo ganó las competiciones en las que participó el fin de semana del 3 al 5 de diciembre, sino que llegó a la meta 12, 7 y 38 segundos antes que las nadadoras que alcanzaron el segundo lugar en las competiciones de estilo libre de 500 metros, 200 metros, y 1650 metros respectivamente. Unas semanas antes, el 20 de noviembre, Lia había roto ya el récord de los 200 metros y los 500 metros estilo libre en la NCAA.

Las brutales diferencias entre primer y segundo puesto no deben sorprender a nadie que sepa que los hombres tienen una capacidad atlética mayor que las mujeres, tanto así que atletas varones de instituto superan a mujeres deportistas olímpicas. Pero la NCAA plantea que un varón que altere su sistema endocrino tomando supresores de testosterona durante un año puede competir en la categoría femenina, como si el tener mayor masa muscular, menor masa grasa, mayor densidad ósea, mayor corazón y pulmones y, por tanto, más fuerza, más rapidez y mayor potencia y resistencia, fuesen irrelevantes a la hora de practicar un deporte. Sin embargo, el Comité Olímpico Internacional (COI) es aún más laxo que la NCAA a la hora de diferenciar entre categorías femenina y masculina, y de hecho, el pasado 16 de noviembre publicó unas directrices para la participación en las competiciones correspondientes al “sexo sentido” en lugar del biológico que indican que “no puede haber una presunción de ventaja por razón de sexo”. O sea, que no se puede presumir que un deportista varón tiene ventaja alguna sobre deportistas mujeres. ¡Apaga y vámonos! Para el COI, la categoría femenina de deportes no tiene por qué existir.

Las nadadoras del equipo en el cual Lia Thomas participa según su “sexo sentido” desde principios de este año académico no parecen estar de acuerdo con el COI. Una de ellas ha dicho que las nadadoras del equipo de UPenn “se sienten desmotivadas” porque no importa cuánto trabajen, cuánto entrenen, “saben que no van a ganar”. Otra comentó que “secretamente, todos saben que esto está mal”, pero que el entrenador quiere ganar a toda cosa. “Cuando yo tenga hijos, espero que sean todos varones, porque si tengo niñas y quieren competir en deportes universitarios, ¡buena suerte! Sus rivales serán todos varones biológicos que dicen que son mujeres”, concluyó la joven. Ambas estudiantes hablaron desde el anonimato, por temor a las repercusiones que puede tener tanto el criticar a una persona transgénero como criticar el que participen varones en categorías deportivas femeninas.

Tampoco estarían de acuerdo las cuatro legisladoras de Pennsylvania que en abril de este año presentaron un proyecto de ley en la legislatura estatal para proteger el deporte femenino, y que han sido acusadas de promover discriminación y odio hacia la comunidad LGBTQ y a la “juventud trans”.

Y aquellas personas en España que crean que la existencia del deporte femenino vale la pena, deben oponerse frontalmente al Anteproyecto de Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y LGTBI, que en su título II admite el cambio del sexo registral por la simple declaración de la voluntad personal. Dado que, según el artículo 40.2, este cambio registral permitiría “a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición”, todo varón que se identifique mujer podría competir en cualquier deporte en la categoría femenina de aprobarse esta ley. Esto equivale a declarar la categoría femenina como una categoría mixta. La categoría masculina no, puesto que muy pocas mujeres (si alguna) serán capaces de derrotar a los varones y entrar así en los equipos de estos. El citado Anteproyecto de la conocida como Ley Trans va aún más lejos, pues en el artículo 25 de su título 1 ordena a las Administraciones Públicas a asegurarse de que “la práctica deportiva y la actividad física se realicen con pleno respeto al principio de igualdad de trato y no discriminación por las causas establecidas en esta Ley”. Ningún equipo, ningún ayuntamiento, ningún club, podría negarse legalmente a que un varón identificado mujer participe como “una más”, y tenga acceso no solo a baños y vestuarios, sino también a premios y reconocimientos que estará quitándole a la chica o mujer cuyo lugar ocupa. La superioridad de fuerza, velocidad y resistencia física de los varones se debe a que sus cuerpos no están hechos para la gestación, y los cuerpos femeninos sí. Esto no significa que el destino individual de cada mujer es gestar, pero sí que hombres y mujeres no pueden competir en deportes unos contra otros. No se trata de transfobia, pues no expresamos odio o miedo irracional y prejuiciado hacia personas que alegan tener una identidad sexual distinta a la de su sexo. Es justicia y equidad, pues protege el derecho de las mujeres y de las niñas a participar en el mundo de los deportes de manera significativa—esto es, sin prescindir de la posibilidad de obtener becas y reconocimientos, ganar competiciones y establecer algún récord, además de disfrutar de los beneficios psíquicos, sociales y emocionales de la práctica deportiva. En su Artículo 7, la Declaración sobre los derechos de las mujeres basados en el sexo reafirma los derechos de las mujeres a las mismas oportunidades que los hombres para participar activamente en deportes y educación física. “Esto debe suponer que se den oportunidades para que las niñas y mujeres participen en deportes y educación física en equipos y competencias no mixtos. Para garantizar la imparcialidad y seguridad de mujeres y niñas, debe prohibirse la entrada de niños y hombres que afirmen tener una “identidad de género” femenina en equipos, competencias, instalaciones y vestuarios, entre otras cosas, reservados para mujeres y niñas, por tratarse de una forma de discriminación sexual.”

Firma la Declaración