Iniciamos una serie de entradas en nuestra web en las que iremos desgranando el contenido de las alegaciones presentadas por WHRC España al articulado aprobado por el Gobierno en su Anteproyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (en adelante, APL).
El objetivo es dar a conocer a la ciudadanía, con un lenguaje sencillo y con ejemplos reales, las consecuencias negativas que la implantación de las políticas propuestas por el Gobierno suponen sobre los derechos de las mujeres españolas, a la luz de las situaciones provocadas por la aplicación de estas políticas en nuestro país o en otras jurisdicciones que cuentan ya con legislación similar en vigor.
En este primer repaso sobre la propuesta normativa del Gobierno, no podemos dejar de mencionar las condiciones en las que se ha producido la consulta ciudadana, la cual ha sido planteada en unas circunstancias muy desfavorables para la participación masiva que un cambio tan notable en nuestro ordenamiento jurídico merece.
Dentro del procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley, la ley española dispone de dos momentos en los que se permite la participación de ciudadanas/os, organizaciones y asociaciones:
- Consulta pública previa
- Audiencia e información pública
El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanas/os, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo.
58% de las aportaciones ciudadanas en este trámite se manifestaron en contra de la autodeterminación del sexo registral, dato que aparece en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo.
Los trámites de audiencia e información pública tienen por objetivo recabar la opinión de las/los ciudadanas/os titulares de derechos e intereses legítimos afectados cuando un proyecto normativo ya está redactado.
Siendo consciente de la impopularidad de las medidas propuestas, el Gobierno abrió el plazo en pleno periodo estival, sin ningún tipo de publicidad ni mención en las redes sociales del Gobierno, nota de prensa ni publicación en web oficial.
El pasado 30 de julio, cuatro días después de la apertura del plazo para las alegaciones, en la nota de prensa disponible en la página web oficial de la Presidencia del Gobierno, en la información relativa al Ministerio de Igualdad, se hizo mención expresa del estado de tramitación de otra propuesta, pero no de la apertura de la audiencia pública del APL.
Una omisión totalmente inexplicable salvo en caso de ser deliberada.
El hecho de que el Gobierno haya escogido tanto no publicitar la apertura del plazo como abrirlo en pleno periodo estival no parece casual, ya que además ha facilitado a la ciudadanía española únicamente el periodo mínimo al que está obligado por imperativo legal.
Teniendo en cuenta que legalmente no se establece un período máximo de duración de las consultas públicas y que el mes de agosto es inhábil en muchos ámbitos administrativos, parece haber una clara intención de coartar o limitar la participación ciudadana en ella.
Además durante los primeros días del plazo para presentar alegaciones al APL, la dirección del correo electrónico proporcionada por el gobierno para tal función no estaba habilitada.
El Gobierno envió los acuses de recibo para certificar la entrega de las alegaciones enviadas por mail, casi un mes después de la finalización del plazo y tras una campaña de las feministas reclamándolos con el hashtag #DondeEstaMiRecibo.
Incluso si no hubiésemos leído el texto del APL, esta actitud poco transparente y antidemocrática del Gobierno nos da a entender dos cosas: 1) que se trata de un texto problemático y/o muy poco popular (con poquísimo apoyo de la ciudadanía) y 2) que el Gobierno es plenamente consciente de ello, ya que en caso contrario, no habría necesitado dificultar la participación pública.
Comportamiento que es indigno de un Gobierno que quiera llamarse democrático, además de ser inaceptable en un Estado de Derecho.
Firma la Declaración