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El CES ignora el conflicto de derechos que supone la Ley Trans para las mujeres, la infancia, las personas LGB y las personas que requieran de acompañamiento terapéutico

Según las noticias aparecidas esta semana, el Gobierno tiene la intención de aprobar el “Proyecto de Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans y para la Garantía de los Derechos de las Personas LGTBI” —conocido generalmente como  “Ley Trans”— la semana próxima, en una redacción muy parecida a la del Anteproyecto.

Recuperamos la valoración del Anteproyecto realizada en su momento por el Consejo Económico y Social de España (CES), el cual ignora las preocupaciones feministas sobre las tremendas consecuencias que esta normativa tendría sobre nuestros derechos.

El informe del CES contiene un dictamen positivo sobre el AP Ley Trans, ya que considera que supone avances importantes respecto a “la despatologización de las personas trans”, “la libre determinación de la identidad de género”, y “la prohibición de las ‘terapias de reconversión’ o ‘contracondicionamiento’ dirigidas a modificar la orientación, identidad sexual o expresión de género”. ¡Cómo podría alguien oponerse! Suena muy bien, simplemente aplica sobre un nuevo colectivo lo que ya aprendimos y aceptamos para las personas homosexuales: que no tienen una enfermedad mental, que se les debe dejar identificarse como quieran y amar a quien quieran, y que las terapias que intentan “convertirlos en hetero” son una violación de sus derechos humanos, además de que están abocadas al fracaso.

Pero hay una trampa: ser homosexual no es similar, ni paralelo, ni equiparable a realizarse una serie de cambios irreversibles en el cuerpo por motivo de un rechazo frontal al sexo al que se pertenece. Las personas homosexuales no requieren de ningún tipo de intervención médica o quirúrgica, sino sólo asegurarse de que existan medidas antidiscriminación que les protejan en su lugar de trabajo, estudio, etc. Lo que aquí se propone es realizar modificaciones corporales a la carta, con un modelo de “consentimiento informado” que exime a la clase médica de toda responsabilidad y la coloca sobre el “paciente-cliente”, que pide cirugías o tratamientos según sus deseos y emociones.

Por otro lado, la “libre autodeterminación del género” no afecta exclusivamente al individuo que decide cambiar su sexo registral y su nombre—afecta al colectivo al que dice pertenecer tras realizar ese cambio, en particular si pasa de Hombre a Mujer. Pues toda mujer que esté en, o utilice, un espacio segregado por sexo—prisiones, baños, vestuarios, residencias universitarias, refugios, deportes—se ve compelida por esta ley a admitir en esos espacios a varones que han “determinado libremente” que son mujeres. Y sin embargo, el CES “valora positivamente que por primera vez se visibilicen y consideren derechos de mujeres lesbianas, bisexuales, o trans”. ¡Coloca en el mismo espacio de derechos y visibilización a mujeres lesbianas y bisexuales, y a varones que se identifican como mujeres! ¡Para el CES, no hay diferencia entre las hembras de la especie humana y los varones que se identifican como mujeres! ¿Es que no saben en el CES que dentro del movimiento feminista en España hay sectores que se oponen a la Ley Trans? ¿Que ha habido organizaciones de lesbianas que se han visto censuradas y marginadas dentro del llamado movimiento LGBTI precisamente por denunciar que los varones que se identifican como mujeres no son mujeres, y no son, aunque se identifiquen como tal, lesbianas? ¿Que muchas personas gay, lesbianas y bisexuales son llamadas tránsfobas porque no desean tener relaciones con “personas trans”, y sienten que la homosexualidad está siendo redefinida como algo negativo y vergonzante, un “fetiche genital”? ¿No han tenido la decencia de investigar qué conflicto ven las feministas y algunas organizaciones de derechos del colectivo homosexual entre la “libre autodeterminación” del sexo, los derechos existentes de las mujeres como colectivo, y los derechos de personas homosexuales

En el CES han sido capaces de ver que no se contó con las organizaciones sindicales y empresariales en la elaboración de los asuntos relacionados al ámbito laboral, pero no han criticado ni señalado la ausencia de diálogo social o interlocución con organizaciones feministas que intentaron tantas veces reunirse con personal del Ministerio de Igualdad. No solo eso: “valoran las garantías que introduce el Anteproyecto para la protección de las víctimas de violencia de género ante un posible uso fraudulento, asegurando el cumplimiento de las penas determinadas y sin posibilidad de eludir la justicia”. Eso es todo. Según el anteproyecto, aquellos hombres acusados por violencia de género no pueden eludir las penas impuestas si son sentenciados “determinándose libremente” como mujeres. Pero si esos hombres se determinan mujeres unos meses más tarde, estando en prisión, serán transferidos a cárceles de mujeres, puesto que, según se desprende del AP Ley Trans, el derecho que tiene toda persona de “determinar libremente” su “identidad de género” y cambiar su nombre y sexo registral”. no está limitado por absolutamente ningún parámetro. De igual forma, un hombre que cambia su sexo registral a “mujer”—sin necesidad de hacer ningún otro cambio, ni físico ni siquiera de su nombre—y agrede sexual o físicamente a una mujer (sea o no su pareja), NO podrá ser acusado de violencia de género, pues para todos los efectos, ese hombre será una mujer.

Esto es así para violadores, pedófilos, y cualquier varón encarcelado o acusado por crímenes de naturaleza sexual o de cualquier tipo: si dicen que se sienten mujeres, no habría, según esta normativa avalada por el CES, manera de comprobar si se realiza un “fraude de ley” y si los varones oportunistas si simplemente se aprovechan de que la ley borra las categorías “hombre” y “mujer” como categorías basadas en el sexo de las personas, algo que, siendo inmutable, dejaba claro quién era qué y qué espacios podía ocupar. Si se aprueba la Ley Trans”, estas categorías serían mutables, dependen del deseo y la autodeterminación: cualquier persona puede pasar de una categoría a la otra, y entrar a los espacios que, hasta hoy, estaban segregados por sexo.

¿De verdad no tenemos voz ni voto las mujeres ante una ley que desmantela nuestros espacios y nos obliga a competir contra varones en las categorías deportivas femeninas; a desvestirnos frente a varones en vestuarios; a utilizar baños en los que pueden entrar varones? ¿Que permite que un hombre adulto se pasee desnudo ante niñas y adolescentes en los vestuarios de los gimnasios? ¿Que permite que en los institutos haya varones en los baños de chicas, a una edad en la que tantas chicas se sienten incómodas con sus cuerpos, incómodas con sus aún recientes períodos menstruales, con el crecimiento de sus pechos, la sexualización de que son objeto como jovencitas púberes?

El CES parece opinar que es así—avalan y aplauden la Ley Trans, porque no han sido capaces de mirar más allá, de investigar qué está pasando en los países en los cuales se encarcela a varones que se identifican como mujeres en las cárceles de mujeres (¿hace falta decirlo? Abusos y violaciones de presas). En los cuales aumenta cada día el número de niñas que quieren escapar de la feminidad o el lesbianismo haciéndose “chicos trans” y recibiendo tratamientos hormonales que generan cambios irreversibles e infertilidad, a la vez que aumenta el número de chicas y chicos que se arrepienten precisamente de que los adultos responsables de su salud (madres, padres, personal médico, jueces, legisladores) les permitieran destrozar sus cuerpos y su salud facilitando sus “transiciones”. En los cuales aumenta el número de casos de voyerismo y agresiones en baños “unisex”. En los cuales las palabras madre y mujer son consideradas tránsfobas, y son sustituidas por persona menstruante, persona útero-portante, vagina-portante, persona con cerviz, progenitora gestante…

Estamos a tiempo: España es un país con una gran tolerancia hacia las personas homosexuales y bisexuales. Se puede tener normativa para que las personas que transgreden los roles de género con su vestimenta o apariencia, sean tratadas con el mismo respeto y los mismos derechos que quienes no los transgreden, por ejemplo, a la hora de encontrar o mantener un empleo, de alquilar o comprar una casa. Pero este anteproyecto de ley no es el que necesitamos. Esto es otra cosa.

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